sábado, 24 de julio de 2010

Avanza en comisiones de ALDF ley que autoriza la renta de úteros


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La Crónica de Hoy,(Por Jonathan Villanueva)
miércoles, 21 de julio de 2010

La Comisión de Salud y Asistencia Social de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó en lo particular la Ley de Maternidad Subrogada, con lo que ahora sólo falta que se apruebe en el pleno para su entrada en vigor.


Dicha normatividad tiene la finalidad de regular la renta de úteros a parejas infértiles, la cual, tras su aprobación en lo general, presentaba 20 reservas por parte de algunos diputados.

Es decir, que se habían detectado errores, inconsistencias en la redacción de algunos párrafos de este dictamen, que a la larga podrían generar confusión para su aplicación.

Con el voto a favor de nueve de sus integrantes, tres en contra y una abstención, la Comisión de Salud, que encabeza la diputada Maricela Contreras, sólo dejó pendiente para su discusión en el pleno el tema del aborto.

Según el proyecto que será discutido en el pleno de la ALDF, salvaguarda la decisión por parte de la madre gestante sobre el derecho de recurrir a la interrupción legal del embarazo cuando su vida presente riesgo de muerte derivado del embarazo.

Mientras que ese mismo derecho a decidir, si se interrumpe el embarazo de la madre biológica, será aplicable para las parejas contratantes, sólo en caso de que el producto tenga algún tipo de malformación genética.

Sin embargo, este tema será el único que se discutirá en el pleno de la Asamblea Legislativa cuando se suba a tribuna, ya que lo demás fue aprobado en la Comisión de Salud, luego de que el diputado panista Carlos Pizano se reservó el tema para el pleno debido a que en comisiones fue rechazado.

Al respecto, la diputada Maricela Contreras dijo que los legisladores no pueden otorgar derechos, afectando las legislaciones que ya fueron aprobadas, como es el caso de las reformas al Código Penal que despenalizan el aborto hasta la semana 12 de gestación.

Cabe precisar que el derecho en cuestión está condicionado a un contrato que dará validez a la maternidad subrogada a fin de que ninguna de las partes incumpla los acuerdos.

La figura del contrato especificará cuáles son los derechos y obligaciones de los padres que alquilen un útero y la gestante.

En lo que respecta a la madre gestora, ésta tendrá la obligación de entregar al niño o niña sin exigir algo que no haya quedado estipulado en el contrato.

Además, no habrá relación alguna, ni filial ni de parentesco, entre ella y el menor.

Mientras que los padres estarán obligados a asumir los gastos médicos y alimenticios de la mujer que les preste su vientre antes y durante la cuarentena del post-parto.


http://www.diariosalud.net/content/view/20245/522/

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